corpas: la RESOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL sobre la publicidad de medicamentos - Beatriz Patiño Alves Abogado Derecho digital, derecho tecnológico, derecho de las nuevas tecnologías, Derecho de la industrial, competencia desleal y derecho de la publicidad Madrid y A Coruña
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corpas: la RESOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL sobre la publicidad de medicamentos

corpas: la RESOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL sobre la publicidad de medicamentos

Como consecuencia de la trasposición de la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, a través de la Ley 7/2017, de 2 de noviembre, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo, la Asociación para el Autocuidado de la Salud (en adelante, anefp) se acreditó como una entidad de resolución extrajudicial de conflictos en publicidad relativa a medicamentos no sujetos a prescripción médica, productos sanitarios de consumo, complementos alimenticios, cosméticos y productos del cuidado personal, biocidas y productos de auto test sin receta.

Este tipo de sistema de resolución extrajudicial de conflictos tiene su origen en el Derecho anglosajón. Autores como BODDEWYN nos ilustran sobre los sistemas de autorregulación pura, los sistemas de autorregulación mixta y los sistemas de corregulación, donde la industria o en colaboración con las Administraciones Públicas, (la Federal Trade Commission) establecen mecanismos ágiles y eficientes para resolver los problemas derivados del ejercicio de su actividad.

anefp, entidad notificada a la Comisión Europea para la resolución de conflictos en publicidad de productos para el autocuidado de la salud, consciente de la importancia que tiene en su sector disponer de un sistema extrajudicial de resolución de litigios sectorial y especializado, constituye CORPAS, toda vez que, enunciando el viejo brocardo procesal, “lo especial deroga lo general(lex specialis derogat generali), este Comité será el más cualificado por conocimiento y experiencia para resolver los conflictos en materia publicitaria, que ante él se planteen.

El funcionamiento de CORPAS se basa en principios de independencia, imparcialidad, transparencia, eficacia y equidad. Por ello, su estructura la integran personas, cuyo bagaje profesional y experiencia, garantizan criterio y eficiencia en las soluciones que proponen. Sus miembros, expertos en regulación publicitaria sobre productos del autocuidado de la salud, no forman parte de anefp, refrendando así su libertad de decisión.

Las funciones de CORPAS son, entre otras, (i) resolver las reclamaciones planteadas por posibles infracciones del Código de Normas Deontológicas sobre productos para el autocuidado de la salud, (ii) revisar las consultas previas elaboradas por el Comité Técnico de anefp (COTA), (iii) revisar las decisiones sobre la concesión o denegación del “SELLO anefp”, (iv) elaborar Informes/Dictámenes sobre la publicidad de productos para el autocuidado de la salud y (v) emitir laudos arbitrales en la mencionada materia publicitaria.

Para asegurar la independencia de CORPAS, su Reglamento prevé mecanismos durante el procedimiento que exigen (i) el examen de su competencia sobre el asunto, (ii) el reparto de las reclamaciones por estricto orden de llegada y sello de entrada y (iii) la abstención y recusación de sus miembros. Del mismo modo, CORPAS garantiza el principio de igualdad entre partes, la publicidad del procedimiento y la defensa con medios probatorios previstos en nuestro Ordenamiento jurídico.

Además, es un objetivo prioritario de CORPAS proteger los intereses de los consumidores, siguiendo las directrices y normativa de la Unión Europea. Por este motivo, CORPAS establece un mecanismo específico que atenderá a las quejas de los consumidores, proporcionando un servicio de reclamaciones gratuito, con acceso tanto on line como off line. Toda la información sobre la presentación de este tipo de quejas/reclamaciones se encuentra en la página web www.anefp.org: https://anefp.org/es/publicidadreclamaciones.

Las decisiones del CORPAS deberán ser respetadas y acatadas por los miembros y adheridos a anefp, así como por terceros ajenos que voluntariamente se hayan sometido al mecanismo de resolución extrajudicial de conflictos. En el caso de que un consumidor se someta voluntariamente a este sistema, la resolución no será vinculante si previamente muestra su disconformidad con la decisión.

CORPAS es un sistema extrajudicial para resolver los conflictos que surjan en el sector garantizando rapidez, transparencia y economización de costes procedimentales, ya que sus miembros son expertos independientes y especializados en publicidad para el autocuidado de la salud.

Beatriz Patiño Alves Doctora en Derecho Abogada – Presidenta de CORPAS