La Autorregulación Publicitaria: especial referencia al sistema español - Beatriz Patiño Alves Abogado Derecho digital, derecho tecnológico, derecho de las nuevas tecnologías, Derecho de la industrial, competencia desleal y derecho de la publicidad Madrid y A Coruña
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La Autorregulación Publicitaria: especial referencia al sistema español

Sipnopsis

En el año 2006, la inversión publicitaria en España superó los 15.000 millones de euros, cifra que supone un crecimiento del 6,5%, respecto al año anterior. De este dato podemos deducir la relevancia que la actividad publicitaria posee para el empresario, como arma imprescindible en la lucha por la conquista del mercado. Por lo tanto, la regulación y el control sobre la comunicación comercial es tan importante, en esencia, como su propia existencia. La libertad empresarial comprende la libertad para publicitar, pero su práctica no puede dejarse en manos de los anunciantes o, en su defecto, únicamente, de intereses económicos. El pasado responde a una regulación estatal de la publicidad. No obstante, no solventa los problemas derivados de una mala utilización de la actividad publicitaria, resultando excesivamente lenta y poco eficaz.

El presente se identifica con la autorregulación publicitaria. Este sistema presenta ventajas tales como la especialización, rapidez y bajo coste, si todos los intereses que concurren en el mercado están representados. Sin embargo, si el organismo autorregulatorio está formado por intereses económicos existe el riesgo de que se convierta en un lobby, y entonces sus desventajas; a saber: su limitada capacidad de sanción y su parcialidad, le desautorizan como el sistema idóneo para regular y controlar la publicidad.

El futuro se encamina hacia la corregulación publicitaria. La unión de la Administración Pública (regulación estatal) con los sujetos privados, (autorregulación), puede subsanar los graves inconvenientes que posee cada uno de los sistemas individualmente.

En España, la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (AACC) regula, controla, y, a través del Jurado de la Publicidad, sanciona la publicidad que, a su juicio, se califica como ilícita. Este trabajo, mediante el análisis de todas las resoluciones dictadas hasta la fecha (1996-2007), no sólo estudia las diversas modalidades de publicidad ilícita, contempladas en los Códigos Éticos: publicidad anticonstitucional, discriminatoria, engañosa, denigratoria, adhesiva, confusionista, etc.; sino también pretende proporcionar una visión global de la actuación de la AACC a lo largo de esos años.

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