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LA LICITUD O ILICITUD DE LA PUBLICIDAD COMPARATIVA
La publicidad comparativa se regula en la Ley de Competencia Desleal, derogándose la regulación existente en la Ley General de Publicidad. No obstante, esta modalidad no sufre muchas variaciones con las modificaciones introducidas por la Ley 29/2009.

LA PUBLICIDAD Y EL MEDIO AMBIENTE

La regulación de la imagen de la mujer en la publicidad
Artículo publicado en la Revista Foro

Blog como vehículo publicitario

 

 

TESIS DOCTORAL

La Autorregulación de la Publicidad:
Especial Mención al Sistema Español
Autora:Beatriz Patiño Alves
Doctora en Derecho Mercantil

Según una investigación, en 2003 la inversión publicitaria en España, ascendió a 12.015,3 millones de euros; cifra que supone un crecimiento del 2,6 %, sobre los 11.714, 2 millones de euros invertidos el año anterior. A la vista de estos datos podemos señalar que la publicidad es una actividad fundamental en el marco de la empresa, en el actual sistema económico. Este razonamiento tiene su base no sólo en la función primordialmente comunicadora de la publicidad -al actuar como eslabón entre la empresa y la gran masa de los consumidores-, sino también en la capacidad de sugestión para inducir a la contratación. Es conveniente señalar que la propia definición de publicidad consagrada en la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, manifiesta claramente que la función primordial de la publicidad es la comunicación. Ahora bien, esa comunicación debe tener como finalidad última -bien sea de forma directa o indirecta- la contratación. Esto es: con su mensaje el anunciante pretende persuadir a los consumidores para que, en definitiva, contraten sus bienes o servicios en detrimento de los productos o servicios de los competidores.

En otro orden de cosas, partiendo de la base de que el mercado se sustenta en un modelo de competencia imperfecta, compuesto por multitud de empresarios productores de bienes o servicios con carácter sustituible, la actividad publicitaria -junto a otros elementos como marcas, patentes, etc.- constituye un instrumento efectivo que favorece la diferenciación de los mismos.

El conjunto de todos estos datos -ya sean de orden económico o jurídico- pretenden corroborar la importancia que tiene la publicidad en la actividad empresarial, no sólo para el anunciante sino también para el colectivo de los consumidores, a los cuales se les facilita el poder de elección.

En esta situación, la comunicación comercial se convierte en un elemento imprescindible para la lucha competitiva por la conquista del mercado. Un claro ejemplo serían las estructuras que -hoy en día- presentan las páginas webs con contenidos altamente publicitarios, siempre y cuando partamos del hecho de que no todo lo que visualizamos en las mencionadas páginas sea publicidad (cuestión que sería -cuanto menos- discutible).

Al ser la publicidad un arma tan poderosa en manos de los empresarios competidores, a sabiendas de que afecta al comportamiento económico de los consumidores y al interés general, podríamos afirmar que la regulación de esta disciplina es tan importante, en esencia, como su propia existencia. La libertad empresarial incluye la libertad para ejercer la actividad publicitaria, pero su práctica no puede dejarse en manos de los anunciantes, los cuales no repararían en utilizarla en la medida que fuese necesaria para la consecución de sus propios fines.

Indice de la tesis

Resumen de la tesis

Conclusiones de la tesis

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